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¿Cuál es la sanción por no emitir factura electrónica?

¿Cuál es la sanción por no emitir factura electrónica?

A muchos empresarios y profesionales les preocupa el tema de la sanción por no emitir factura electrónica. Hoy te contaremos todo lo que debes saber sobre esto, y te daremos las claves para que nada te pille por sorpresa.

La sanción por no emitir una factura electrónica

Según el artículo 201 de la Ley 58/2003, General Tributaria, la sanción por defecto de no emitir una factura (sea electrónica o no), es la siguiente:

  • 2 % del importe de las operaciones, si Hacienda puede calcularlo.
  • 300 € por factura si no se puede calcula el importe.

Además, está lo que dice el art. 2 bis apartado 9 de la Ley 56/2007, según el cual podrías tener que pagar hasta 10.000 euros por no mandar tu factura electrónica cuando debes.

9.- Las empresas que, estando obligadas a ello, no ofrezcan a los usuarios la posibilidad de recibir facturas electrónicas o no permitan el acceso de las personas que han dejado de ser clientes a sus facturas, serán sancionadas con apercibimiento o una multa de hasta 10.000 euros. La sanción se determinará y graduará conforme a los criterios establecidos en el artículo 19.2 de la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. Idéntica sanción puede imponerse a las empresas que presten servicios al público en general de especial trascendencia económica que no cumplan las demás obligaciones previstas en el artículo 2.1. Es competente para imponer esta sanción la persona titular de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial

Si no cumples esta obligación, podrías perder muchos ingresos, así que cuidado. Encima, si esta situación se repite o Hacienda detecta que el incumplimiento es grave y sistemático, la sanción económica puede incrementarse todavía más.

Por tanto, es crucial asegurarte de que cumples estrictamente con esta obligación desde el primer momento en que entre en vigor para tu empresa o sector.

¿Te preocupa?, ¿quieres saberlo TODO sobre el tema para evitar esta y otras sanciones que te comentaremos? Si es así, tienes que pasarte por la guía sobre la facturación electrónica obligatoria en España que ha preparado Carlos, nuestro CEO y experto en facturación.

Ambos son conceptos que debes entender y dominar si quieres librarte de cualquier susto. Ahí te contamos si te afecta, así como todo lo que debes hacer y cómo. Y, si quieres estar más tranquilo, recuerda que puedes contar con Quaderno para facilitar la gestión de tus facturas y ayudarte así a ser más capaz de cumplir con estas leyes.

¿Quieres saber más sobre la parte de las sanciones? Seguimos comentándote un poco más, para que no se te escape nada.

Sobre las multas relacionadas con el software que usas para generar tus facturas electrónicas

Además de las multas generales por no emitir factura, existen varias sanciones que están directamente relacionadas con el software que usas para emitir tus facturas.

Para empezar, tenemos una muy peligrosa en el artículo 201 bis de la Ley 58/2003: Usar o tener software de facturación no certificado: Si tu empresa utiliza un programa de facturación que no cumple con los requisitos del sistema Veri*factu o que permite modificar o eliminar facturas sin control, te enfrentas a una sanción de hasta 50.000 euros por cada ejercicio fiscal.

También, recuerda que, con la entrada en vigor de la Ley Crea y Crece (Ley 18/2022), la factura electrónica será obligatoria en todas las relaciones entre empresas y profesionales (B2B). Aunque esta obligación ya está aprobada, todavía no se ha publicado el reglamento que establecerá las sanciones específicas por no usar factura electrónica en estos casos.

Más multas relacionadas con las facturas

No están ligadas al formato electrónico, pero sí afectan al día a día de cualquier empresa que emite o gestiona facturas. Conocerlas es clave:

Retraso en enviar los Libros Registro del IVA por el SII

Si estás acogido al SII (Suministro Inmediato de Información), que suele ser el caso de empresas con volumen superior a 6 millones de euros, grupos de IVA o inscritos en REDEME, debes enviar tus facturas antes de los 4 días naturales según el art. 69 bis de la Ley del IVA.

Si no lo haces a tiempo, recibirás una multa del 0,5 % del importe de cada factura omitida o enviada fuera de plazo. Mínimo 300 € por trimestre y máximo 6.000 € según art. 200 de la LGT.

Emitir facturas con datos falsos o manipulados

Este es uno de los supuestos más graves. Si emites una factura con información falsa (por ejemplo, una operación que nunca se ha producido), vas a tener que pagar una multa del 75 % del importe de las operaciones afectadas, según el art. 201.3 de la LGT.

Expedir documentos de circulación incorrectos

No tener bien documentada la circulación de mercancías, por ejemplo, con albaranes incompletos o con errores, supone una multa fija de 150 € por documento según el art. 201.4 de la LGT.

No atender requerimientos de Hacienda para aportar documentación

Si Hacienda te pide facturas, registros u otros documentos y no los entregas, prepárate para pagar 3.000 € en el primer requerimiento. Si se repite, puede subir hasta 15.000 € o más según el art. 203 de la LGT.

No conservar las facturas durante el tiempo legalmente establecido

Las facturas (en papel o electrónicas) deben guardarse durante al menos 4 años. Si no las tienes disponibles cuando Hacienda las pide, también te multan: 300 € por operación o 2 % del importe, según el caso. Todo esto según el art. 201.2 de la LGT.

Ahora que ya conoces las sanciones por no emitir facturas y otras que son relevantes para ti como empresario o profesional, ¿qué puedes hacer? No solo puedes revisar otras guías que te hemos preparado, también puedes contar con nuestra herramienta.

Quaderno es una plataforma de facturación online que está y estará 100 % adaptada a las nuevas legislaciones sobre facturación electrónica obligatoria y Verifactu. Si quieres descubrirla por tu cuenta, puedes probarla hoy mismo, o también puedes pedirnos que te la presentemos en un 1 to 1 para responder a todas tus dudas.

Nota: En Quaderno nos encanta ofrecer información útil y buenas prácticas sobre impuestos y finanzas, pero no somos asesores fiscales certificados. Si tienes cualquier duda o pregunta, consulta con un asesor fiscal profesional o la propia Agencia Tributaria.