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Modelo 130 del IRPF: todos los detalles
En este artículo
- ¿Qué es el modelo 130 y para qué sirve?
- ¿Quién debe presentar el modelo 130?
- ¿Cuándo hay que presentar el modelo 130?
- Instrucciones para rellenar el modelo 130
- Modelo 130 o 131, ¿qué diferencia hay?
- ¿La cuota de autónomos es deducible en el modelo 130?
- ¿Tengo que presentar el modelo 130 si aplico IRPF en mis facturas?
- ¿Cómo sé que un gasto es fiscalmente deducible en el modelo 130?
Cuando eres autónomo, el modelo 130 forma parte de tu rutina trimestral, porque tienes que presentarlo frente la AEAT, al menos en la mayoría de casos.
En Quaderno, que nos dedicamos a facilitar estos procesos para miles de empresarios en España cada mes, te traemos una guía detallada, con orientaciones e instrucciones para que puedas entender y rellenar dicho modelo.
¿Qué es el modelo 130 y para qué sirve?
El modelo 130, llamado por el AEAT Modelo 130. IRPF. Empresarios y profesionales en Estimación Directa. Pago fraccionado. es una declaración trimestral, un modelo de autoliquidación del pago fraccionado del impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF).
Es un impuesto personal y progresivo que permite a los autónomos ir pagando a cuenta este impuesto a lo largo del año. En vez de enfrentarte a un pago único en la declaración de la renta anual, divides ese gasto en cuatro partes. Adelantas el pago del IRPF y así es como te evitas grandes sustos a final de año.
¿Y cómo se presenta el modelo 130? La presentación de esta autoliquidación la haces tú mismo, calculando el rendimiento neto de tu actividad y adelantando un 20 % de tus beneficios.
Pongamos un ejemplo sencillo: si en un trimestre has facturado 5.000 € y has tenido 2.000 € de gastos deducibles, tu beneficio neto es de 3.000 €. A Hacienda le corresponde un 20 % de esa cantidad, que es lo que deberás declarar en el modelo 130.
Puede parecer un engorro, pero lo cierto es que este sistema te puede facilitar mucho la vida. Piensa que a finales de año, entre todas las trimestrales, ya habrás cubierto gran parte del IRPF que te toca. Dependiendo de tus números, puede que incluso te salga a devolver o que, si tu año ha sido muy bueno, tengas que completar con un pago adicional.
¿Quién debe presentar el modelo 130?
Deben presentar el modelo 130 todas las personas físicas que realicen alguna actividad económica y declaran el IRPF mediante estimación directa, ya sea en su versión normal o simplificada.
Solo quedan exentos de presentar este modelo los autónomos profesionales que apliquen retención en al menos el 70% de sus facturas.
Cuando te diste de alta como autónomo, tuviste que presentar el modelo 036/037 en Hacienda. En dicho modelo podrás ver:
- si estás usando estimación directa u objetiva (módulos) para declarar el IRPF, y
- si estás dado de alta en una actividad profesional o empresarial.
Si estás en el régimen de módulos (estimación objetiva), olvídate, porque no te toca presentar el modelo 130, sino el modelo 131. Te explicaremos más adelante sobre esto.
¿Cuándo hay que presentar el modelo 130?
El modelo 130 debe presentarse trimestralmente, en las siguientes fechas:
- Primer trimestre: del 1 al 20 de abril, ambos inclusive.
- Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio, ambos inclusive.
- Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre, ambos inclusive.
- Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero, ambos inclusive.
Si el último día cae en sábado, domingo o festivo, el plazo se extiende hasta el siguiente día hábil. Esto es importante para evitar despistes y posibles sanciones.
Instrucciones para rellenar el modelo 130
Lo primero que debes hacer es preparar la información que vas a poner en tu declaración.
Recopila todas las facturas y gastos deducibles que hayas tenido durante todo el año, desde el 1 de enero hasta el último día del trimestre que estés declarando. Es decir, si estamos haciendo la declaración del segundo trimestre (2T), necesitarás todas las facturas y gastos desde el 1 de enero al 30 de junio.
Si eres usuario de Quaderno, podrás extraer toda esa información con un solo clic.
Como ejemplo, vamos a suponer que estás en el segundo trimestre (2T) y durante el año has facturado 15.000 €, pero que has tenido gastos por un importe de 750 €.
Para empezar, encontrarás el modelo 130 en la página oficial de la AEAT. Donde también están las instrucciones oficiales, por cierto.
Veamos ahora como cumplimentar los distintos apartados del modelo 130.
Declarante
Lo primero es rellenar estos dos apartados con tu nombre completo, NIF y el ejercicio (año) y periodo (1T, 2T, 3T o 4T) que estás declarando.
Apartado I de la liquidación
El apartado I de la liquidación lo deben rellenar todos los autónomos que no ejerzan una actividad agrícola, ganadera, forestal o pesquera. Es decir, casi todos los autónomos.
Recuerda: los datos que pones en este apartado son los datos acumulados desde el 1 de enero hasta el último día del trimestre que estás declarando.
En la casilla 01 introduces todos los ingresos que has tenido durante ese periodo.
Haz lo mismo con tus gastos en la casilla 02.
Y en la casilla 03 solo tienes que poner la diferencia entre los ingresos y los gastos.
En la casilla 04 debes introducir el 20% del importe que aparece en la casilla 03, si dicho importe es positivo. En caso de que fuera negativo, solo tienes que poner el número cero.
Ahora llegan curvas. Tienes que recuperar las declaraciones que has presentado en los trimestres anteriores del mismo ejercicio (no vale las del año pasado). Localiza el contenido de las casillas 07 y 16 de todas esas declaraciones. Y a continuación, suma los importes de todas las casillas 07 y réstale la suma de los importes que aparecen en todas las casillas 16. Pon el resultado final en la casilla 05.
En la casilla 06 tienes que introducir la suma de todas las retenciones que has aplicado en tu factura desde comienzo del año.
Y por último, en la casilla 07 solo tienes que hacer la resta 04 – 05 – 06. Si la cantidad es negativa, no olvides poner el signo menos (-).
Con los datos de nuestro ejemplo, tendríamos la siguiente información:
- Casilla 01: 15000,00
- Casilla 02: 750,00
- Casilla 03: 14250,00
- Casilla 04: 2850,00
- Casilla 07: 2850,00
Insistimos en que los datos que pones en este apartado son los datos acumulados desde el 1 de enero hasta el último día del trimestre que estás declarando.
Apartado III de la liquidación
En este apartado calcularemos el resultado final de la liquidación.
En la casilla 12 pon la suma de las casillas 07 y 11. Si la suma es negativa, entonces pon directamente el número cero.
Y ahora llega la famosa casilla 13. Si durante el ejercicio anterior has tenido un rendimiento neto igual o inferior 12.000 €, puedes aplicarte una deducción acorde a la siguiente tabla:
Para conocer el rendimiento neto del ejercicio anterior, consulta la casilla 3 de la última declaración del ejercicio.
La casilla 14 contiene la resta de las casillas 12 y 13. Así de simple.
Si el importe que hay en la casilla 14 es positivo, puedes introducir en la casilla 15 el importe de los resultados negativos que aparezcan en la casilla 19 de cualquiera de los modelos 130 presentados el mismo año, siempre y cuando no lo hayas deducido anteriormente en otra declaración.
Importante: en la casilla 15 nunca puede aparecer un importe superior a la cantidad positiva que aparece en la casilla 14.
En la casilla 17 tienes que introducir la resta de las casillas 14 y 15. Si la cantidad es negativa, no olvides poner el signo menos (-).
La casilla 18 solo la debes usar si estás presentando una declaración complementaria por el mismo concepto, ejercicio y periodo.
Por último, en la casilla 19 solo tienes que poner la resta de las casillas 17 y 18. Y este es el resultado de tu declaración.
Según nuestro ejemplo:
- casilla 12: 2850,00
- casilla 13: 0
- casilla 14: 2850,00
- casilla 17: 2850,00
- casilla 19: 2850,00
Es decir, la declaración es positiva, y tendrás que pagar 2850 €.
El contenido de la casilla 19 puede ser:
- Positivo: por lo que debes cumplimentar el apartado «Ingreso» con el número de cuenta bancaria donde quieres hacer el pago.
- Negativo: y entonces tendrás que rellenar el apartado «A deducir» si estás en los periodos 1T, 2T o 3T, o el apartado «Negativa» si estás en el periodo 4T.
Recuerda que pase lo que pase durante el trimestre, tengas o no tengas actividad, hagas una factura o doscientas, haya o no haya gastos deducibles, siempre que no estés exento deberás de presentar el modelo 130.
Vamos ahora con algunas preguntas que nos han hecho mucho:
Modelo 130 o 131, ¿qué diferencia hay?
La principal diferencia entre el modelo 130 y el modelo 131 radica en el método de estimación del IRPF que usas.
Si tributas en estimación directa (ya sea normal o simplificada), debes presentar el modelo 130. Este método se basa en los ingresos reales que has tenido menos tus gastos deducibles, y sobre el resultado, pagas un 20 % a cuenta.
Por otro lado, si tributas en estimación objetiva o por módulos, lo que significa que Hacienda determina tu base imponible con un cálculo basado en índices y no en tus ingresos reales, el modelo a presentar es el 131. Este es más común en actividades agrícolas, ganaderas o ciertas profesiones en las que se pueden predecir los beneficios sin necesidad de llevar un registro detallado de ingresos y gastos.
Vamos, si en tu alta de autónomo seleccionaste el régimen de estimación objetiva, olvídate del 130 y usa el modelo 131.
¿La cuota de autónomos es deducible en el modelo 130?
Sí, la cuota de autónomos es un gasto fiscalmente deducible y debes incluirla en la casilla 02 de tu modelo 130, donde se reflejan todos los gastos de tu actividad. Este importe puede marcar la diferencia en tu cálculo final, ayudándote a reducir la cantidad que adelantas a Hacienda.
¿Tengo que presentar el modelo 130 si aplico IRPF en mis facturas?
No siempre. Si en más del 70 % de tus facturas ya aplicas retenciones de IRPF (típicamente del 15 %, o del 7 % si eres un nuevo autónomo), puedes estar exento de presentar el modelo 130. Esto se debe a que ya estás adelantando IRPF mediante estas retenciones.
Sin embargo, si no alcanzas este porcentaje, tendrás que presentar el modelo 130 para declarar tus ingresos y gastos. También estás exento si te dedicas a actividades agrícolas, ganaderas o forestales en las que el 70 % de tus ingresos también ha sido retenido.
¿Cómo sé que un gasto es fiscalmente deducible en el modelo 130?
Para que un gasto sea deducible en tu modelo 130, debe cumplir tres requisitos fundamentales que establece Hacienda:
- Estar vinculado a tu actividad: El gasto tiene que ser esencial para la actividad económica que realizas. Por ejemplo, un fotógrafo puede deducir el software para editar fotografías, y el dueño de un bar, los gastos de su local.
- Estar justificado: Necesitas contar con una factura que esté a tu nombre, incluyendo tu NIF y dirección fiscal. Algunos gastos pueden justificarse con otros documentos, como contratos, si son válidos.
- Estar registrado en tu contabilidad: Es imprescindible que el gasto esté reflejado en tu libro de contabilidad, sea este un registro manual o digital.
Tómatelo en serio, porque los gastos deducibles pueden reducir lo que pagas a Hacienda.
Para gestionar tus gastos, algo que precisamente te puede venir de fábula son las automatizaciones de Quaderno, con la que puedes generar facturas de manera automatizada cada mes, para así a finales de trimestre tenerlo todo listo para presentar. Te ahorrarás muchísimo tiempo en gestión, tiempo que puedes dedicar a tu negocio y seguir ganando dinero.
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Nota: En Quaderno nos encanta ofrecer información útil y buenas prácticas sobre impuestos y finanzas, pero no somos asesores fiscales certificados. Si tienes cualquier duda o pregunta, consulta con un asesor fiscal profesional o la propia Agencia Tributaria.