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Modelo 349 de Declaración informativa: Te lo explicamos

Modelo 349 de Declaración informativa: Te lo explicamos

¿Tienes que rellenar el modelo 349? Ayudamos cada día a muchas personas como tú a gestionar sus facturas y gastos, y hoy vamos a resolver todas las dudas frecuentes sobre este tema, para que salgas de aquí con todo claro.

¿Qué es el modelo 349?

El modelo 349 es una declaración informativa, básicamente un documento que le cuenta a Hacienda qué operaciones intracomunitarias has hecho. Esto de las operaciones intracomunitarias son las compras y ventas de bienes o servicios que haces con empresas o autónomos de otros países de la Unión Europea.

Por ejemplo, si compras material a un proveedor alemán o vendes tus servicios a una empresa francesa, ahí estás haciendo operaciones intracomunitarias. Y claro, esto hay que dejarlo bien claro en Hacienda. Por eso se presenta este modelo, para que todo cuadre.

Tampoco tienes que pagar nada directamente al presentarlo, pero sí que la información que declares aquí debe coincidir con la que incluyas en otros formularios, como el famoso modelo 303 (el de toda la vida para el IVA).

¿Quién debe presentar el modelo 349?

Estás obligado a presentar el modelo 349 siempre que realices operaciones intracomunitarias. Es decir, compras o ventas de bienes o servicios con profesionales o empresas ubicados en cualquier estado miembro de la UE.

Para realizar estas operaciones intracomunitarias de forma correcta, es imprescindible que el vendedor como el destinatario de la operación sean una empresa/profesional con un número de operador intracomunitario válido (VAT Number).

Por lo tanto, si tienes tu propio VAT Number, deberás utilizarlo cada vez que realices una operación intracomunitaria. E igualmente deberás siempre pedirle dicho número a tus compradores y proveedores cada vez que realices una operación con cualquier país de la UE.

Ojo, no todo cuenta como operación intracomunitaria:

  • Personas físicas Si haces una venta a un particular de otro país de la UE, no se considera operación intracomunitaria. Solo las empresas y autónomos pueden ser operadores intracomunitarios
  • Canarias, Ceuta y Melilla no son parte de la UE cuando hablamos del IVA. Aunque son territorios españoles, fiscalmente se consideran fuera de la Unión Europea en cuestión de IVA. Así que cualquier compraventa con ellos será una exportación o importación, pero no una operación intracomunitaria.

¿Cuándo es obligatorio presentar el 349?

La presentación del modelo 349 no es algo fijo, depende de cuánto factures con tus operaciones intracomunitarias. Lo primero que debes saber es que hay tres posibles frecuencias de presentación: mensual, trimestral o anual:

  1. Anual: Si tus operaciones intracomunitarias no superaron los 35.000 € en total el año pasado y, además, las ventas exentas (esas sin IVA, como bienes dentro de la UE) no pasaron de los 15.000 €, podrás presentarlo una sola vez al año. Este plazo es hasta el 30 de enero del año siguiente.
  2. Trimestral: Si te mueves entre los 35.000 € y los 50.000 € anuales, entonces tendrás que presentarlo cada trimestre. Los plazos son:
    • 1 al 20 de abril (para el primer trimestre)
    • 1 al 20 de julio (para el segundo trimestre)
    • 1 al 20 de octubre (para el tercero)
    • Y para el cuarto trimestre, tienes hasta el 30 de enero del año siguiente.
  3. Mensual: Si te has pasado de la barrera de los 50.000 € en operaciones intracomunitarias en algún momento del trimestre (ojo con esto), tendrás que pasar a presentar el modelo cada mes. En este caso, el plazo es entre el 1 y el 20 del mes siguiente a cada periodo.

Además, si empiezas presentando trimestralmente, pero superas los 50.000 € en algún momento, no te olvides de pasarte al modo mensual. Para no meter la pata, te recomendamos llevar un buen control, algo que nuestros usuarios de Quaderno hacen muy bien, por cierto.

¿Cómo se rellena el modelo 349?

Lo primero que debes hacer es obtener tu número de operador intracomunitario (VAT Number) que te identifica como tal. Si no lo tienes, puedes solicitar uno mediante el alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) a través del modelo 036.

A continuación, reúne todas las facturas de tus transacciones con otros países de la Unión Europea. Recuerda que solo debes declarar aquellas operaciones realizadas con empresas o profesionales que, al igual que tu, sean operadores intracomunitarios y tengan un VAT Number válido.

Si eres usuario de Quaderno, puedes ver toda esta información en un solo clic y descargarla en un archivo de Excel para rellenar el modelo 349 de forma más fácil y rápida.

Lo siguiente que debes hacer es ir a la página oficial del modelo 349 en la AEAT y descargar la Plataforma de Informativas.

Una vez abierta, agrega el modelo 349 a la plataforma seleccionando “Agregar nuevo modelo desde Internet”. Automáticamente, la plataforma se conectará con la página y un asistente te indicará los pasos a seguir para agregar correctamente el modelo 349 a la plataforma.

Introducir los datos

Antes de nada, te encontrarás con una hoja resumen, donde hay todo esto:

  • Identificación: Los datos de la persona que está declarando (nombre, apellidos, contacto, NIF…)
  • Ejercicio: Este es el año fiscal al que corresponde tu declaración.
  • Período: Indica si la declaración es mensual, trimestral o anual. Es importante porque marca el período que estás informando.
  • Tipo de presentación: ¿Estás enviando esto como autónomo, empresa, o representando a un grupo?
  • Resumen de declaración: Este apartado es el corazón de la hoja resumen. Tendrás que detallar:
    • El número total de operaciones intracomunitarias realizadas.
    • El importe total de esas operaciones.
    • El número de operadores intracomunitarios que aparecen en la declaración con rectificaciones (si es que las hay) y el importe que corresponde a esas rectificaciones.
  • Modalidad de presentación: Aquí puedes seleccionar entre individual o colectiva. Lo de colectivo es si declaras por un grupo de autónomos o empresarios, y debes presentar una hoja resumen para cada uno de ellos.
  • Fecha y firma: Como en cualquier documento oficial, tendrás que incluir la fecha en la que presentas el modelo y tu firma. Es el "OK" final.
  • Administración: Aquí es donde seleccionas la delegación de Hacienda correspondiente a tu domicilio fiscal. Piensa en ello como el buzón al que enviarás la declaración.

En la sección “Declarante” agrega tus datos fiscales: tu nombre completo, tu NIF y tu teléfono de contacto.

En la sección “Operaciones”, debes añadir todos los datos de cada operación intracomunitaria que hayas tenido el año anterior, tanto sea una compra como una venta.

Además, luego, habrá que rellenar otras páginas internas:
Para cada operación tienes que añadir los siguientes datos:

  • País del operador (código del país).
  • NIF operador intracomunitario. Añade los números sin las letras iniciales del país.
  • Nombre completo del operador.
  • Clave de la operación.
  • Base imponible. Importe total de la transacción.

Las claves de operaciones dependen del tipo de transacciones realizadas:

  • A: compras y transferencias de bienes a proveedores de otro Estado miembro.
  • E: ventas y transferencias de bienes a clientes de otro Estado miembro.
  • T: ventas a clientes de otro Estado miembro subsiguientes a adquisiciones intracomunitarias exentas, efectuadas en el marco de una operación triangular.
  • S: prestaciones de servicios intracomunitarios a clientes de otro Estado miembro.
  • I: contratación de servicios a proveedores de otro Estado miembro.
  • M: entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta, de acuerdo con el artículo 27.12 de la Ley del IVA.
  • H: entregas intracomunitarias de bienes efectuadas por un representante fiscal después de una importación exenta, según lo previsto en el artículo 86.3 de la Ley del IVA.

Ten en cuenta que si en un mismo periodo se han realizado varias operaciones con un operador intracomunitario, estas deberán acumularse por clave de operación.

Por último, la sección “Rectificaciones” está destinada para aquellos casos en los que recibes o emites una factura rectificativa o de abono.

En el modelo 349 no puedes añadir una factura con importe en negativo, por lo que tendrás que añadir primero los datos anteriores, que ya has declarado en algún otro trimestre o periodo (base imponible declarada anteriormente), y luego poner el importe que tendría que haber sido (base imponible rectificada).

¿Cómo se presenta el modelo 349?

Para presentar el modelo 349, puedes hacerlo en la página web de la AEAT.

Para ello, dirígete a la sección de Presentaciones (mediante fichero), haz clic sobre “Presentaciones 20xx” y elige si quieres hacer la presentación mediante certificado electrónico de identificación o Cl@ve PIN.

Selecciona el fichero que obtuviste cuando hiciste la declaración a través de la plataforma informativa.

A continuación, obtendrás un resumen de la declaración. Comprueba que todos los datos sean correctos y pulsa sobre “Firmar y Enviar”.

Una vez firmado y enviado, podrás obtener el justificante de presentación en formato PDF que deberás guardar para futuras revisiones.

Esperamos haberte servido de ayuda a la hora de rellenar y enviar el modelo 349. No olvides que si tienes cualquier duda sobre el modelo, lo mejor es preguntar en la AEAT. En Quaderno, seguiremos dándote todas las herramientas para que recopilar todos los datos sobre tus ingresos y gastos sea fácil y casi automático.

Ayuda: Modelo 349

Nota: En Quaderno nos encanta ofrecer información útil y buenas prácticas sobre impuestos y finanzas, pero no somos asesores fiscales certificados. Si tienes cualquier duda o pregunta, consulta con un asesor fiscal profesional o la propia Agencia Tributaria.